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    Sistemas fijos de extinción por polvo. Generalidades.

    Objeto y campo de aplicación

    Esta norma fija las exigencias de carácter general, aplicables a la instalación funcionamiento de los sistemas fijos de extinción a base de polvo químico. Estas exigencias son, normalmente, comunes a todos los sistemas de polvo que descargan éste a través de boquillas y tuberías fijas o de mangueras, mediante la acción de un gas impulsor. Los sistemas de polvo son, en general, aplicables en incendios de acuerdo a la siguiente clasificación en el orden de mayor efectividad B-C-A en los que se precisa una rápida eliminación de la llama. Estos sistemas no son adecuados para la extinción de fuegos clase D. Nota. Para la clasificación de fuegos, ver norma INTE 21-04-02-96. Los sistemas de extinción por polvo pueden usarse para la protección de áreas: - Las áreas protegidas contra el fuego por sistemas de polvo deben ser tales que no se produzca un escape importante de la descarga del polvo. A este fin, las aberturas tales como puertas, ventanas, etc. deben cerrarse antes o simultáneamente con la puesta en funcionamiento del sistema. Si existen aberturas que no puedan cerrarse, éstas se protegerán con sistemas de aplicación local. La descarga de polvo en locales herméticos puede provocar, en ocasiones, un incremento de la presión en los mismos y en tales casos deben existir dispositivos de alivio de presión. Debe contar con una alarma audio-visual, y un retardador de tiempo que permita la evacuación segura de las personas. - La protección de los riesgos con sistemas de polvo requiere que por la aplicación del mismo, el fuego no se extienda a zonas próximas, y por ello, la aplicación de polvo debe ser tal, que se evite la propagación del fuego o el escape de la nube de éste. - Los sistemas que protegen riesgos, deben de contar con un dispositivo que elimine el flujo de combustible o energía que corte automáticamente al ponerse en marcha el sistema de extinción. * El sistema fijo de extinción por polvo se recomienda utilizar en las zonas de riesgo que se indica en el anexo A.

    Información general

    Código del comité
    CTN 21 
    Nombre del comité
    Protección contra incendios 
    Sector
    Protección contra incendios 
    ICS
    13.020  
    Correspondencias
    UNE 23541  
    Organismos
    UNE  
    Edición
    Fecha de aprobación
    1996-01-01 
    Número de páginas
    12 
    Estado
    Vigente 
    Código anterior
    INTE 21-01-14:1996 

    Normas de Referencia
    N.A

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